Sistema Urbano y Organización Territorial de España

Sistema Urbano Español

El sistema urbano español está constituido por un conjunto de ciudades interrelacionadas que se caracterizan por su tamaño y las funciones que desempeñan. Según su tamaño, existen 15 grandes aglomeraciones urbanas que superan los 500.000 habitantes, entre ellas Madrid y Barcelona. Además, existe un elevado número de aglomeraciones y ciudades medianas entre 50.000 y 250.000 habitantes, distribuidas principalmente en los alrededores de Madrid y en las zonas costeras.

Funciones Urbanas

Las funciones urbanas son las actividades socioeconómicas que desempeña la ciudad hacia el exterior:

  • Ciudades primarias: Especializadas en el sector primario.
  • Ciudades secundarias: Especializadas en la industria.
  • Ciudades terciarias: Especializadas en los servicios.

Estas funciones convierten a algunas ciudades en lugares centrales, que abastecen de bienes y servicios a un área de influencia. Esta área puede modificarse en función de los cambios económicos y la dotación de medios de transporte y comunicación. Las relaciones urbanas más intensas se dan entre Madrid y Barcelona, y con el cuadrante nordeste, mientras que en el resto del sistema son más reducidas e incompletas.

Jerarquía Urbana

El sistema urbano español se organiza jerárquicamente en función de su tamaño demográfico, sus funciones, la extensión de su área de influencia y las relaciones que mantiene con las demás ciudades. Se distinguen cinco tipos:

  1. Metrópolis nacionales: Las mayores áreas metropolitanas de España (Madrid y Barcelona).
  2. Metrópolis regionales: Grandes áreas metropolitanas (Valencia, Sevilla, Bilbao, Málaga y Zaragoza).
  3. Metrópolis subregionales o regionales de segundo orden: Áreas metropolitanas de menor tamaño (Valladolid, Pamplona o Córdoba).
  4. Ciudades medias: En su mayoría capitales de provincias no incluidas en los apartados anteriores (León, Albacete o Badajoz).
  5. Ciudades pequeñas: Con una población entre 10.000 y 50.000 habitantes (Soria, Teruel o Astorga).

Organización Territorial de España

La organización político-administrativa actual de España es propia de un Estado descentralizado, que reparte la toma de decisiones entre diferentes divisiones territoriales con capacidad de autogobierno:

  • Municipios: La entidad territorial básica, compuesta por una o varias localidades y un territorio claramente delimitado (término municipal).
  • Provincias: Una entidad territorial local formada por una agrupación de municipios.
  • Comunidades Autónomas: Entidades territoriales formadas por provincias limítrofes, territorios insulares o provincias con entidad regional histórica, dotadas de autonomía legislativa y capacidad de autogobierno.

El Estado Autonómico

  • Estatuto de Autonomía: Cada Comunidad Autónoma se rige por su Estatuto de Autonomía, aprobado por las Cortes. Contiene la denominación de la comunidad, su delimitación territorial, sus símbolos, nombre, organización, organismos autónomos y las competencias asumidas.
  • Competencias: Las Comunidades Autónomas pueden asumir competencias en diversas materias establecidas en la Constitución, de forma exclusiva o compartida con el Estado. Ciertas competencias son exclusivas del Estado por ser esenciales para la nación. Las competencias son amplias (políticas, económicas, infraestructuras, transporte, etc.).
  • Instituciones:
    1. Asamblea Legislativa o Parlamento autonómico: Elabora la legislación. Sus miembros se eligen por sufragio universal cada 4 años.
    2. Presidente/a: Dirige el gobierno autonómico. Su elección corresponde a la Asamblea Legislativa y su nombramiento al rey.
    3. Consejo de Gobierno: Ejerce el poder ejecutivo. Integrado por el Presidente de la Comunidad y los consejeros, elegidos por el Presidente. Se encargan de las diferentes áreas del gobierno (Consejerías).
  • Financiación:
  • Régimen Foral (Navarra y País Vasco): Se financian con los tributos regulados por su propia administración fiscal.
Régimen Común: Se financian con tributos (propios o cedidos por el Estado) y fondos. Reciben fondos si no cobran por sus servicios públicos básicos. El Estado de las Autonomías se basa en la igualdad territorial y en la solidaridad.

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