Políticas agrícolas en la Unión Europea
FEOGA: Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola, creado en 1962 y dividido en 2 secciones:
- Una de garantía, que se ocupaba de los precios y rentas agrícolas.
- Otra de orientación, se encarga de la mejora de las estructuras agrícolas.
Financia la adaptación de los agricultores a nuevas formas de agricultura y el desarrollo de otras actividades económicas en las zonas rurales. Se destina a áreas rurales con problemas de desarrollo que no han sido incluidas en los fondos FEDER.
LEADER: Programa creado en 1988 por la Comisión Europea, destinado a fomentar la reconversión agraria y el desarrollo rural, movilizando el potencial local y promoviendo la diversificación de la economía rural.
OCM: Organización Común de Mercados. Conjunto de normas comunes a todos los Estados miembros y variables según la evolución de los mercados, regulan un determinado producto o subsector agrario.
TRATADO DE ROMA: Fue firmado por los 6 países de la CECA el 25 de marzo de 1957 y supuso la puesta en marcha de 2 tratados:
- El tratado de la CEE.
- El tratado de la Comunidad de Energía Atómica Europea para la explotación y el control de la incipiente energía.
TRATADO DE MAASTRICHT: Firmado en 1992, por el cambio el nombre de la CEE que pasó a llamarse Unión Europea, estableció 3 puntos básicos:
- La Comunidad Europea, pretende crear la unión monetaria y económica y avances significativos en política social.
- La política exterior y de seguridad común.
- La cooperación en los ámbitos de la justicia y asuntos de interior.
UE: Integración de Estados con el fin de establecer un mercado común, una unión económica y monetaria, la realización de políticas comunes, el desarrollo económico equilibrado y sostenible y, en último término, ir cediendo parcelas de la soberanía nacional para llegar a crear una especie de Estados Unidos de Europa.
Tratados y planificación urbana
TRATADO DE NIZA: Se firmó en 2001 y una vez aprobado por los Estados miembros sustituirá al Tratado de Amsterdam.
- Aprobación de algunas reformas institucionales para asegurar el funcionamiento de la UE tras su ampliación a la Europa del Este.
- La consolidación de la cooperación forzada. Podrá darse con el acuerdo de 8 países, sin que ningún otro pueda vetarla, incluso en el terreno de la política exterior y de seguridad común.
ÁREA METROPOLITANA: Es una gran extensión urbana que rodea una ciudad importante y comprende, desde el punto de vista administrativo, varios municipios.
CIUDAD DORMITORIO: Núcleo urbano que tiene una función esencialmente residencial, carece de comercios y servicios y no dispone de puestos de trabajo en número proporcional a su población activa.
CIUDAD JARDÍN: Pequeños núcleos urbanos en la periferia de las ciudades en sus orígenes, ideada por Howard en 1898, que pretende aprovechar los valores naturales y rurales en el planeamiento de la ciudad.
CIUDAD LINEAL: Proyecto del ingeniero Arturo Soria para la periferia de Madrid en 1886.
CIUDAD SATÉLITE: Ciudad de pequeño o mediano tamaño, próximas a una gran ciudad de la que depende funcionalmente.
CONURBACIÓN: Es un área urbana continua formada por el crecimiento paralelo de 2 o más ciudades hasta unirse.
MEGALÓPOLIS: Enorme región urbanizada en la que se yuxtaponen, sin discontinuidad en el espacio, polígonos industriales, núcleos urbanos y zonas residenciales, ocupando una enorme extensión como en la franja atlántica de EE.UU.
PLANES DE REHABILITACIÓN: Operaciones de mejora y conservación de los edificios de interés, manteniendo la trama urbana existente con sus respectivas calles y plazas.
PLANO IRREGULAR: Plano desordenado sin ninguna forma geométrica concreta y que responde tanto a un crecimiento espontáneo como a la forma propia de urbanizar de los musulmanes.
PLANO ORTOGONAL O EN DAMERO: Plano en el que las calles se cortan en ángulo recto, dando lugar a manzanas de edificios de forma cuadrada o rectangular.
PLANO RADIOCÉNTRICO: Es un tipo de plano caracterizado por tener un centro del que parten calles radiales, cortadas por otras que forman anillos en torno al centro, pudiendo ser regular o irregular.
SUBURBIO: Área periférica que se encuentra dentro de la zona de un espacio urbano.
VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL: Viviendas que, aunque edificadas por la iniciativa privada, reciben una serie de subvenciones y ventajas fiscales por parte del Estado hacia los compradores. No suelen ser mayores de 90 m2.