La Organización Territorial y los Desequilibrios Regionales en España
La organización político-administrativa de España
La organización territorial del Estado aparece en la Constitución en el Título VIII.
La organización político-administrativa actual, reparte la toma de decisiones en 3 divisiones territoriales con capacidad de autogobierno:
- El municipio: es la entidad territorial básica. El gobierno y la administración municipal corresponden al ayuntamiento, integrado por el alcalde y los concejales.
- La provincia: es una entidad territorial local formada por una agrupación de municipios. El gobierno y la administración provincial corresponden a la diputación, integrada por el presidente y por los diputados.
- La comunidad autónoma: es una entidad territorial formada por provincias limítrofes, territorios insulares, o provincias con entidad regional histórica, dotadas de autonomía legislativa y capacidad de autogobierno sobre los asuntos de su competencia.
La organización del Estado autonómico
a) Cada comunidad autónoma se halla regida por su Estatuto de Autonomía aprobado por las Cortes. Contiene la denominación de la comunidad, su delimitación territorial, los nombres, organización y sede de sus órganos autonómicos, las competencias asumidas y las bases para el traspaso de otras.
b) Las comunidades pueden asumir competencias y funciones en diversas materias establecidas en la Constitución (artículo 148). Estas competencias son traspasadas a la comunidad por el Estado y pueden ejercerse de forma exclusiva o compartida con el Estado. Ciertas competencias son exclusivas del Estado (artículo 149) y no transferibles: relaciones internacionales, defensa, emigración, comercio exterior… Las competencias que pueden asumir las comunidades son amplias: políticas, económicas, infraestructuras y transportes, culturales, deportivas y de ocio.
c) La Asamblea Legislativa o Parlamento autonómico elabora la legislación, aprueba el presupuesto y controla al ejecutivo regional.
- El Consejo de Gobierno, ejerce el poder ejecutivo. Está integrado por el presidente de la comunidad, elegido por el Parlamento autonómico y nombrado por el rey, y por consejeros elegidos por el presidente. Estos se encargan de las diferentes tareas de gobierno (Consejerías).
- El Tribunal Superior de Justicia es la máxima representación del poder judicial de una comunidad autónoma. Además, en cada comunidad autónoma existe un delegado de gobierno, encargado de dirigir la administración general del Estado en la comunidad.
- Las comunidades de régimen común se financian con ingresos propios y con tributos cedidos por el Estado (33% IRPF, 35% IVA, 40% impuestos especiales y el 100% de la electricidad) para compensar la diferencia entre las necesidades de financiación de cada comunidad.
A su vez, en Canarias rige un régimen económico y fiscal especial por razones geográficas e históricas y en Ceuta y Melilla, no aplican el IVA, sino el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación.
- El régimen foral afecta al País Vasco y a Navarra, donde cada uno de sus territorios históricos se financia con los ingresos tributarios recaudados por su propia administración fiscal. La comunidad autónoma pacta con el Estado la cantidad a pagar a la Administración General del Estado.
- Los Fondos de Compensación Interterritorial (FCI) pretenden evitar los desequilibrios territoriales aportando ingresos a las comunidades más desfavorecidas.
f) El Estado de las Autonomías se basa en la igualdad territorial y en la solidaridad.
Los desequilibrios territoriales actuales
A partir de 1985, la reestructuración económica que siguió a la crisis cambió los factores en que se basaban los desequilibrios territoriales y la jerarquía espacial.
Nuevos factores de los desequilibrios territoriales
- La industria pierde peso como factor de desarrollo debido a la reestructuración de muchos sectores tradicionales y a la tendencia a descentralizar parte de la producción hacia nuevos espacios industriales.
- Los servicios avanzados, la innovación y la alta tecnología se convierten en los principales factores de desarrollo. Por tanto, se convierten en indicadores de desarrollo la especialización en el sector terciario de mayor nivel, la existencia de actividades innovadoras y de alta tecnología, la presencia de centros de investigación…
La jerarquía espacial actual
La jerarquía espacial resultante de la incidencia de estos nuevos factores está constituida por 3 tipos de territorios:
- Los ejes de dinamismo: son las regiones más favorecidas por los nuevos factores de desarrollo: Madrid, y la constituida por el País Vasco, el valle del Ebro y el litoral mediterráneo norte y los archipiélagos balear y canario.
En estas áreas, en el terreno económico, el crecimiento del PIB se ha acelerado. Sin embargo, en la nueva etapa postindustrial, más significativos que las cifras del PIB son las del porcentaje que representan en él los sectores de punta, la innovación y la I+D. En el terreno demográfico, la tendencia a difundir la población y parte de la actividad económica hacia otras áreas reduce la correlación entre población y PIB. - Los ejes en declive: son los espacios muy especializados en sectores industriales maduros o en crisis (Asturias, Cantabria). En el terreno económico, el PIB crece por debajo de la media. En el terreno demográfico, la población se encuentra estancada o en retroceso. Y en el terreno social, la disparidad en la renta bruta disponible por los hogares y en bienestar es menor.
- Los espacios menos dinámicos: son los que cuentan con un mayor peso económico del sector primario, escaso desarrollo de las industrias avanzadas… (Extremadura, ambas Castillas, Galicia, interior de Andalucía y Murcia).
En el terreno económico, algunas comunidades como Murcia o Andalucía, han incrementado su PIB por encima de la media gracias al desarrollo de la agricultura tecnificada y del turismo, pero su PIB por cabeza continúa estando por debajo del promedio. En el terreno demográfico se observan disparidades entre las bajas densidades de las comunidades del interior y las altas densidades del litoral, superiores a la media. En el terreno social, en la mayoría de los casos, la renta bruta disponible de los hogares no alcanza la media española y se advierten carencias en infraestructuras y servicios.
Los instrumentos de la política regional europea
Los instrumentos que financian la política regional europea son los fondos estructurales FEDER, FSE y el Fondo de Cohesión.
- FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional): financia inversiones destinadas a reducir los desequilibrios territoriales. Aporta fondos a las regiones de convergencia, a las de competitividad y empleo y a la cooperación territorial europea.
- FSE (Fondo Social Europeo): financia actuaciones destinadas a desarrollar los recursos humanos, prevenir y luchar contra el desempleo, mejorar el acceso al empleo y combatir la discriminación, facilitando el acceso al trabajo de los más desfavorecidos. Aporta fondos a las regiones de convergencia y competitividad.
- Fondo de Cohesión: financia exclusivamente inversiones públicas en medio ambiente y en redes transeuropeas de transporte en los países con PIB por cabeza inferior al 90%. España, tras la ampliación del 2004, no cumple el requisito para recibir las aportaciones del Fondo de Cohesión, aunque las mantendrá durante un periodo transitorio.
Para acceder a las ayudas europeas, el Estado elabora el MENR (Marco Estratégico Nacional de Referencia), un documento financiero que incorpora la dotación para la política regional asignada a España por la UE, y cada comunidad autónoma, programas operativos (documentos de programación presentadas por las regiones a la UE).
Los objetivos de la política regional estatal
Los objetivos de la política española son lograr un desarrollo regional equilibrado potenciando a las regiones más desfavorecidas y fomentar el potencial endógeno. Las estrategias para conseguir estos objetivos son:
- Consolidar el crecimiento en las áreas más dinámicas.
- Detener el declive de la cornisa cantábrica.
- Impulsar el despegue del eje mediterráneo sur.
- Apoyar al resto de las regiones, a través de importantes inversiones en infraestructuras, diversificación económica…
Los fondos de compensación interterritorial
Para paliar los desequilibrios territoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, la Constitución estableció la creación de un fondo de compensación. De acuerdo con ello, se creó en 1980, el Fondo de Compensación Interterritorial.
Desde entonces ha pasado por varias reformas. Hasta 1990 benefició a todas las comunidades autónomas, a partir de ahí solo lo reciben las que tienen una renta per cápita inferior a la media nacional y desde 2001 se ha desglosado en 2 fondos, el Fondo de Compensación y el Fondo Complementario.
Ambos financian gastos de inversión que promueven la creación de renta y riqueza, pero el Fondo Complementario puede financiar también los gastos de puesta en marcha de las inversiones durante un periodo de tiempo máximo de 2 años.
Los recursos de los fondos proceden de los Presupuestos Generales del Estado y son distribuidos por las Cortes entre las comunidades autónomas.