Ayuntamiento: Órgano de gobierno y administración municipal integrado por el alcalde o alcaldesa y los concejales.
Centralismo político administrativo: Organización territorial de un Estado en la que las decisiones parten de una autoridad central y no se contempla la iniciativa y la autoridad de los poderes regionales o locales.
Comarca: Entidad territorial que agrupa a varios municipios con identidad propia por sus rasgos físicos, humanos e históricos.
Comunidad autónoma: Entidad territorial formada por provincias limítrofes, territorios insulares, o provincias con entidad regional histórica, dotadas de autonomía legislativa y capacidad de autogobierno sobre los asuntos de su competencia.
Consejo de Gobierno: Institución de las comunidades autónomas que ejerce el poder ejecutivo.
Diputación provincial: Institución encargada del gobierno y la administración de las provincias pertenecientes a comunidades autónomas multiprovinciales, no insulares.
Estado centralista: Modelo de Estado en el que el Estado toma las decisiones para todo el territorio; y las divisiones territoriales están gobernadas por personas designadas por el poder central, que aplican sus decisiones.
Estado del bienestar: Modelo de Estado que garantiza a la totalidad de la ciudadanía el acceso gratuito a los servicios básicos, como la sanidad o la educación.
FEDER: Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Gobernanza: Gobernabilidad de un territorio realizada mediante la participación ciudadana.
Mancomunidad: Entidad formada por la libre asociación de municipios en la que estos delegan parte de sus funciones o competencias con el fin de gestionar servicios de interés común.
Municipio: Entidad territorial básica que comprende una o varias localidades y un territorio delimitado denominado término municipal.
Nación: Comunidad histórica cuyos habitantes se sienten unidos por lazos comunes, como la raza, la lengua, la historia, la cultura, las costumbres, etc.
Nacionalidades históricas: Denominación dada a los territorios de demostrada tradición autonómica.
Organización político-administrativa: División de un territorio en circunscripciones sobre las que gobiernan y ejercen su autoridad los poderes públicos.
Parlamento autonómico: Institución de las comunidades autónomas que elabora la legislación en las materias de competencia autonómica, de acuerdo con las leyes generales del Estado, con las que no puede entrar en contradicción.
Parroquia: División administrativa menor que un municipio, propia de Galicia y de Asturias.
PIB: Producto Interior Bruto. Es la suma de todos los bienes y servicios producidos en una zona en un año.
Planificación territorial: Programación de las actuaciones, los instrumentos, los recursos requeridos y la periodización necesarios para alcanzar los objetivos de ordenación territorial de un espacio.
Política regional: Conjunto de proyectos y actuaciones destinadas a paliar los desequilibrios regionales de un Estado y a fomentar el desarrollo regional.
Presidente o Presidenta autonómico: Institución de las comunidades autónomas cuya función es ostentar la máxima representación de la comunidad.
Programa Operativo: Documento de programación plurianual presentado por las regiones a la Unión Europea y aprobado por esta para desarrollar y concretar las estrategias de desarrollo financiadas por los distintos fondos europeos.
Provincia: Según el artículo 141 de la Constitución es una entidad local con una personalidad jurídica propia determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado.
Región: Espacio dotado de unidad por sus características físicas y/o por su pasado histórico.
Regiones naturales: Territorios homogéneos en su medio físico: relieve, clima, vegetación.
Renta per cápita: Nivel medio de riqueza por persona. Se calcula dividiendo el Producto Interior Bruto —ingresos producidos en un año por todos los bienes y servicios de una zona— entre la población total de esa zona.
Territorios Forales: Entidades territoriales de carácter histórico existentes en la Comunidad Foral de Navarra y el País Vasco.
Riesgo de pobreza: Probabilidad de una persona de situarse por debajo de la línea de pobreza.
Tribunal Superior de Justicia: Órgano del poder judicial del Estado establecido en una comunidad autónoma, dado que el poder judicial es competencia estatal.
Vía autonómica por el artículo 143: Forma de acceso a la autonomía establecida por este artículo de la Constitución española de 1978.