1. Organización Político-Administrativa de España
El territorio español tiene una organización político-administrativa descentralizada, en la que el poder se reparte entre circunscripciones o divisiones territoriales con capacidad de autogobierno: las Comunidades Autónomas, las provincias y los municipios.
1.1. Las divisiones político-administrativas
La organización político-administrativa actual es propia de un Estado descentralizado, que reparte la toma de decisiones en tres divisiones territoriales con capacidad de autogobierno en los asuntos de su competencia:
- El municipio: Es la entidad territorial básica. El gobierno y la administración municipal corresponden al ayuntamiento, integrado por el alcalde y los concejales. Los concejales se eligen por los vecinos del municipio por sufragio universal y el alcalde es elegido por los concejales.
- La provincia: Es una entidad territorial local formada por una agrupación de municipios. Su función es coordinar los servicios de los municipios y cooperar con ellos. El gobierno y la administración provincial corresponden a la diputación, integrada por un presidente y diputados. Los diputados se escogen entre los concejales electos y los alcaldes y estos, a su vez, eligen al presidente. No hay diputaciones provinciales en las comunidades autónomas uniprovinciales.
- La Comunidad Autónoma: Es la entidad territorial formada por provincias con entidad regional histórica, dotadas de autonomía legislativa y capacidad de autogobierno sobre los asuntos de su competencia.
1.2. El proceso de formación del Estado autonómico
Con el precedente de la Constitución Republicana de 1931, el período preautonómico se inició poco después de la muerte de Franco. El presidente del Gobierno, Adolfo Suárez, concedió un régimen de preautonomía o autonomía provisional a Cataluña que luego se extendió a otras trece regiones. Así, mientras se elaboraba la Constitución de 1978 se formó un mapa con catorce preautonomías que coincidió casi con el actual, con las excepciones de La Rioja y Cantabria, que estaban integradas en Castilla y León, y de Madrid, que tenía la opción de incorporarse a Castilla-La Mancha o formar una comunidad en solitario.
El período autonómico se inició tras la promulgación de la Constitución de 1978. Esta establece la indisoluble unidad de la nación española y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las “nacionalidades” y regiones que la integran, así como la solidaridad entre todas ellas (artículo 2).
La Constitución no creó un mapa de las comunidades autónomas, indicando sólo el proceso que se debía seguir:
El proceso para el acceso a la autonomía incluyó dos vías:
- Vía del artículo 151: Permitía adquirir de forma inmediata el mayor techo de competencias.
- Vía del artículo 143: Sólo traspasaba de forma inmediata ciertas competencias y exigía un período de cinco años para poder ampliarlas progresivamente.
- Cataluña, el País Vasco y Galicia accedieron a la autonomía por la vía del artículo 151 y se acogieron a la disposición transitoria segunda establecida por la Constitución.
- Andalucía accedió también por el artículo 151. El acuerdo debía ratificarse en referéndum que se hizo con resultado afirmativo en 1980.
- Navarra optó por el “Amejoramiento del Fuero”.
- El resto de comunidades accedieron a la autonomía por la vía del artículo 143. Todas estas 12 accedieron en 1982 y 1983 y tuvieron que esperar 5 años para asumir todas las competencias.
- Ceuta y Melilla recibieron el rango de ciudades autónomas y, a diferencia de las comunidades, carecen de capacidad legislativa. Se les concedió su estatuto en 1995.
1.3. La organización del Estado autonómico
- Cada comunidad autónoma se halla regida por su Estatuto de Autonomía con rango jurídico de ley orgánica.
- Las comunidades pueden asumir competencias o funciones en diversas materias establecidas en la Constitución (art.148). Sin embargo, ciertas competencias son exclusivas del Estado (art.149) y no transferibles, por considerarse esenciales para la nación.
- Las instituciones de una comunidad autónoma son:
- La Asamblea Legislativa o Parlamento autonómico.
- El Consejo de Gobierno o Gobierno autonómico.
- El Tribunal Superior de Justicia de cada comunidad autónoma.
- La financiación de las comunidades autónomas responde a dos modelos: el régimen común y el régimen foral para el País Vasco y Navarra.
2. La Política Regional y de Cohesión de la UE 2007-2013
Tras su ingreso en la Comunidad Europea en 1986, España ha recibido numerosos fondos comunitarios.
2.1. Las comunidades autónomas de Convergencia
- Las regiones de Convergencia puras: Con PIB per cápita por debajo de la media comunitaria. En este grupo se encuentran Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura y Galicia.
- Las regiones de Convergencia de ayuda transitoria: Denominadas de “efecto estadístico” o phasing-out.
2.2. Las comunidades autónomas competitivas
- Las regiones de Competitividad y Empleo puras: Tienen PIB per cápita superior al 100% de la media comunitaria y son Cantabria, Navarra, el País Vasco, La Rioja, Aragón, Cataluña, Madrid y Baleares.
- Las regiones de Competitividad y Empleo de ayuda transitoria: Denominadas “de crecimiento o phasing-in.
2.3. Los instrumentos de la política regional europea
Los instrumentos que financian la política regional europea en el período 2007-2013 son los fondos estructurales FEDER y FSE y el Fondo de Cohesión.
- El FEDER (Fondo Europeo para el Desarrollo Regional): Aporta fondos a las regiones de Convergencia y a las de Competitividad y Empleo.
- El FSE (Fondo Social Europeo): Financia actuaciones destinadas principalmente a luchar contra el desempleo.
- El Fondo de Cohesión: Financia sobre todo redes de transporte en los países con PIB per cápita inferior al 90% de la media comunitaria.
2.4. Las repercusiones de la política regional europea
- Ha supuesto una cierta cesión de la soberanía a la Unión Europea.
- Ha permitido recibir ayudas que han favorecido la convergencia española con Europa.
- Ha reducido los desequilibrios interterritoriales al concentrar las ayudas en las regiones más desfavorecidas.
2.5. Fondo de Compensación Interterritorial
Para ampliar los desequilibrios territoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, la Constitución estableció la creación de un Fondo de Compensación. De acuerdo con ello, se creó, en 1980, el Fondo de Compensación Interterritorial.
3. El Proceso de Ampliación de la UE
3.1. Las sucesivas ampliaciones
Los requisitos para entrar, fijados en 1993 (Criterios de Copenhague), son poseer un sistema democrático, una economía de mercado en funcionamiento y la capacidad para asumir sus obligaciones como miembros.
- En 1951 y 1957, los seis países fundadores fueron Francia, la República Federal de Alemania, Italia, Bélgica, Holanda y Luxemburgo.
- En 1973 con la entrada de Dinamarca, Irlanda y el Reino Unido.
- Entre 1981 y 1986 se amplió por el sur con la incorporación de Grecia (1981) y de Portugal y España (1986).
- En 1995 entraron Suecia, Finlandia y Austria.
- En 2004 tuvo lugar la mayor ampliación: Estonia, Letonia, Lituania, Polonia, República Checa, Eslovaquia, Hungría, Eslovenia, Chipre y Malta.
- En 2007 se incorporan Rumania y Bulgaria.
3.2. Las consecuencias de la ampliación
Consecuencias políticas:
- Las ampliaciones tienen efectos positivos sobre la paz y la democracia.
Consecuencias socioeconómicas:
- El mercado único se ensancha.
- Las actividades económicas se diversifican.
- Las desigualdades internas aumentan.
Consecuencias culturales y medioambientales:
- Enriquecimiento cultural.
- Aplicación de la legislación de la UE en materia de medioambiente.
4. El Proceso de Globalización
El proceso de globalización o mundialización es la creciente interdependencia de los espacios geográficos del planeta en todos los ámbitos: la actividad económica, las relaciones públicas, sociales y culturales, y las cuestiones medioambientales.
4.1. Causas de la globalización
- La mejora de los transportes.
- El progreso de las telecomunicaciones.
- La generalización del sistema de la economía del mercado.
- Las empresas transnacionales.
- Las organizaciones internacionales: OMC, FMI, Banco Mundial, ONU y G-8.