Las Comunidades Autónomas en España
Origen y Evolución del Estado Autonómico
La configuración actual del Estado español establece como figura administrativa clave de segundo nivel (tras el propio aparato administrativo que engloba a todo el Estado) las comunidades autónomas.
Una comunidad autónoma es una entidad territorial que, dentro del ordenamiento constitucional de España, está dotada de autonomía legislativa y competencias ejecutivas, así como de la facultad de administrarse mediante sus propios representantes. La estructura de España en comunidades autónomas se recoge en la Constitución Española de 1978. El artículo 2 reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que componen el Estado. El texto de la Constitución establece los poderes que pueden ser asumidos por las comunidades autónomas y aquellos que son exclusivos del Estado.
El Modelo Autonómico frente al Centralismo
Anteriormente, el modelo provincial, vigente en lo esencial desde 1833, apostó por un fuerte nivel de centralización del poder político, siendo las provincias dependientes orgánicamente del poder central.
La promulgación de la Constitución Española de 1978, que recoge el derecho de autonomía de las nacionalidades y regiones que forman el Estado, supuso un cambio radical con respecto al régimen anterior. Esto daba respuesta a un problema histórico en España, resultado de las diferentes identidades sobre las que se ha construido la unidad del país.
Las Comunidades Autónomas y las Ciudades Autónomas
La división política y administrativa de España se compone de diecisiete comunidades autónomas, además de Ceuta y Melilla, que poseen el rango de ciudades autónomas gracias a sus estatutos de autonomía. Si bien Navarra se constituye como comunidad foral, cuyo autogobierno emana de la Ley Paccionada de 1841 y del amparo a los derechos históricos de la Constitución, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional la ha equiparado al resto de comunidades autónomas.
El Proceso de Instauración de las Autonomías
Tras la ratificación de la Constitución, y en aplicación del Título VIII, se instauraron las comunidades autónomas y se aprobaron sus Estatutos de Autonomía. También se dotó a cada una de ellas de sus propios órganos de gobierno e instituciones representativas. Es importante destacar que el proceso que ofrece la Constitución Española no es obligatorio para las regiones, sino un derecho.
Los Pactos Autonómicos
El 31 de julio de 1981, Leopoldo Calvo-Sotelo y Felipe González acordaron los primeros Pactos Autonómicos. En 1992 se firmó el Segundo Pacto Autonómico entre Felipe González y José María Aznar. Estos pactos establecieron un mapa de 17 autonomías (con las mismas instituciones pero con distintas competencias) y dos ciudades autónomas (Ceuta y Melilla). En 1995, se cerró el mapa autonómico a nuevas remodelaciones o ampliaciones.
Las Comunidades Autónomas y las Unidades NUTS
Desde 2003, para fines estadísticos basados en las normativas europeas (Eurostat), se utilizan las unidades NUTS. Las 17 comunidades autónomas españolas se clasifican en el nivel NUTS-2. El estudio de las diferencias regionales dentro del Estado español se realiza atendiendo a las entidades autonómicas existentes.
El Caso Específico de las Comunidades Autónomas
España se formó a lo largo de un proceso histórico muy extenso. Desde el reinado de los Reyes Católicos se alcanzó la unión territorial.
El Surgimiento de los Nacionalismos
En el siglo XIX, con la consolidación de España como Estado moderno, surgieron los nacionalismos, basados en la rica historia del país y su tradicional división en reinos. Estos nacionalismos, al igual que los románticos, identificaron nación y pueblo, mitificando su historia, leyes, costumbres, lengua, etc. A finales de siglo, apareció un movimiento político de gran trascendencia: el nacionalismo periférico en regiones como Galicia, País Vasco, Cataluña y Andalucía. Estos nacionalismos reivindicaron la creación de regiones supraprovinciales con cierta independencia del poder central.
Intentos de Descentralización
- Desde 1847 se buscó una división territorial de mayor amplitud, debatiéndose entre el federalismo y la autonomía.
- Hacia 1913 se propuso la mancomunidad de provincias, iniciativa que aprovecharon Cataluña, el País Vasco y Asturias, entre otras. Sin embargo, la dictadura de Primo de Rivera interrumpió el proceso.
- Durante la Segunda República, la Constitución reconoció el derecho a la autonomía. Se presentaron numerosos proyectos, como el Estatuto de Nuria para Cataluña, y otros para el País Vasco, Aragón, Galicia, Baleares, Navarra, Valencia, Canarias, León y Andalucía. Solo se aprobaron el Estatuto catalán (1932) y el vasco (octubre de 1936), este último sin consecuencias reales debido a la Guerra Civil.
- El régimen de Franco suprimió cualquier posibilidad de autonomía.
La Transición y el Estado de las Autonomías
Con la transición democrática, la Constitución de 1978 abordó la cuestión territorial mediante el Estado de las Autonomías (Título VIII). España se definió como un Estado plurinacional, comprometiéndose a potenciar su diversidad cultural. La Constitución estableció el proceso para acceder a la autonomía, incluyendo un período de preautonomías y consultas.