División Territorial en España: Municipios, Provincias, Comunidades Autónomas y Régimen Foral

División Territorial de Javier de Burgos

La división territorial de Javier de Burgos fue una organización administrativa implementada en 1833. Este ministro de Fomento organizó el territorio en 49 provincias, que en su mayoría coinciden con las actuales, con la excepción de la posterior división de las Islas Canarias en dos provincias. El objetivo principal era superar la caótica organización borbónica y la tendencia a la autonomía de los antiguos reinos, eliminando sus límites territoriales. Cada provincia tenía una ciudad como capital y una administración unificada, lo que facilitaba la intervención del Gobierno y el centralismo.

Municipio

El municipio es la entidad territorial básica en la que se divide la organización político-administrativa del Estado español. Su función primordial es proporcionar servicios a los ciudadanos. El gobierno y la administración municipal están a cargo del ayuntamiento, compuesto por el alcalde y los concejales. Los concejales son elegidos por los vecinos del municipio mediante sufragio universal, y el alcalde es elegido por los concejales.

Provincia

La provincia es una división intermedia en la organización político-administrativa del Estado español. Constituye una entidad territorial local formada por la agrupación de municipios. Su función es promover los intereses provinciales, ofrecer servicios de ámbito provincial, coordinar los servicios de los municipios y colaborar con ellos. El gobierno y la administración provincial corresponden a la diputación, integrada por un presidente y diputados. Los diputados son seleccionados entre los concejales electos, y estos, a su vez, eligen al presidente. Esta unidad territorial se consolidó con la división de Javier de Burgos en 1833.

Comunidad Autónoma

La Comunidad Autónoma es la entidad territorial superior en la que se divide la organización político-administrativa del Estado español. Está compuesta por provincias limítrofes, territorios insulares o provincias con entidad regional histórica, dotadas de autonomía legislativa y capacidad de autogobierno en los asuntos de su competencia. Las diferentes comunidades autónomas se establecieron a lo largo de un complejo proceso definido por la Constitución de 1978.

Estado de las Autonomías

El Estado de las Autonomías es la nueva organización político-territorial del Estado español establecida en la Constitución de 1978. Su propósito era abordar uno de los problemas históricos de España: conciliar la unidad del Estado con la diversidad de regiones y nacionalidades que lo componen. Estableció mecanismos legales para que los territorios que lo desearan y cumplieran ciertos requisitos pudieran constituirse en Comunidades Autónomas. Estas tendrían un Estatuto de Autonomía que definiría las competencias asumidas, y que debería ser aprobado por las Cortes Generales. Al final del proceso, España quedó conformada por 17 Comunidades Autónomas y dos Ciudades Autónomas (Ceuta y Melilla).

Estatuto de Autonomía

El Estatuto de Autonomía es la ley fundamental que organiza cada Comunidad Autónoma. Contiene la denominación de la comunidad; su delimitación territorial; los nombres, organización y sede de sus organismos autónomos; las competencias asumidas y las bases para el traspaso de otras. Los Estatutos de Autonomía deben ser aprobados por las Cortes Generales.

Régimen Foral

El Régimen Foral es un modelo de financiación de las Comunidades Autónomas que se aplica al País Vasco y Navarra. Establece que cada uno de estos territorios históricos se financia con los ingresos tributarios recaudados por su propia administración fiscal. La comunidad autónoma acuerda con el Estado la cantidad a pagar a la Administración General del Estado mediante distintos conciertos o convenios.

La Convergencia

La Convergencia es un objetivo fundamental de la política regional europea, destinado a corregir los desequilibrios entre sus regiones y aumentar la cohesión territorial. Para lograrlo, se busca apoyar económicamente a las regiones menos desarrolladas para acercarlas a las más avanzadas. En este objetivo se incluyen dos tipos de regiones que reciben la mayor parte de los fondos: las regiones de Convergencia puras, con un PIB per cápita inferior al 75% de la media comunitaria (Andalucía, Galicia, Castilla-La Mancha y Extremadura); y las regiones de Convergencia de ayuda transitoria, resultado de la disminución de la media europea tras las ampliaciones de 2004 y 2007 (Asturias y Murcia).

Fondos Estructurales Europeos

  • F.E.D.E.R. (Fondo Europeo de Desarrollo Regional): Fondo estructural de la política regional europea (2007-2013), que financia inversiones destinadas a reducir los desequilibrios territoriales. Proporciona fondos a las regiones de Convergencia, a las de Competitividad y Empleo y a la Cooperación Territorial Europea.
  • F.S.E. (Fondo Social Europeo): Fondo estructural de la política regional europea (2007-2013), que financia actuaciones destinadas a desarrollar los recursos humanos, prevenir y combatir el desempleo, y luchar contra la discriminación, facilitando el acceso al trabajo de los más desfavorecidos. Proporciona fondos a las regiones de Convergencia y de Competitividad.
  • Fondos de Cohesión: Fondo estructural de la política regional europea (2007-2013). Financia exclusivamente inversiones públicas en medio ambiente y en redes transeuropeas de transporte en los países con un PIB per cápita inferior al 90% de la media comunitaria. Dado que es un fondo de carácter nacional, sus ayudas pueden aplicarse a todo el territorio. España, tras la ampliación de 2004, no cumple el requisito para recibir aportaciones del Fondo de Cohesión, aunque las mantendrá durante un período transitorio.

Incentivos Regionales

Los Incentivos Regionales son instrumentos del Estado español para fomentar la economía de las áreas menos favorecidas o con dificultades. Principalmente, son ayudas financieras concedidas por el Estado a la inversión empresarial en ciertas zonas. Estas ayudas deben ser compatibles con la normativa europea sobre la competencia y con las directrices de la nueva política regional europea establecida para los años 2007-2013. Las zonas de aplicación de estos incentivos se determinan según el PIB per cápita y la tasa de paro. Los sectores promocionables se centran en las industrias extractivas y transformadoras, especialmente las de tecnología avanzada.

Fondos de Compensación Interterritorial

Los Fondos de Compensación Interterritorial son instrumentos del Estado español para fomentar la economía de las áreas menos favorecidas o con dificultades. Fueron creados en 1980 para mitigar los desequilibrios territoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad establecido en la Constitución de 1978. Desde 2001, se dividen en dos fondos: el Fondo de Compensación y el Fondo Complementario. Ambos financian gastos de inversión que promueven la creación de renta y riqueza, pero el Complementario también puede financiar los gastos de puesta en marcha de las inversiones durante un período máximo de dos años.

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