AGRICULTURA BIOLÓGICA:
Cultivo de la tierra que pretende prescindir de toda clase de abonos químicos y herbicidas y semillas modificadas genéticamente e intenta obtener productos de elevado valor nutritivo, mejorar la fertilidad de los suelos y evitar todo tipo de contaminación del suelo y del agua. Sus productos son más caros alser la productividad menor, pero existe una demanda creciente en el mercado de estas producciones.
AGRICULTURA EXTENSIVA / INTENSIVA:
cultivo de la tierra que se caracteriza
por la utilización de extensiones limitadas del terreno del que se obtienen altos rendimientos. Puede ser de dos tipos: la que exige grandes inversiones de capital para la adquisición de maquinaría y abonos y la que se basa en la utilización intensiva de mano de obra, en general por parte de una familia. Este último era el modelo de las huertas de personas que trabajan en otros sectores.
Agricultura extensiva: cultivo de la tierra que se caracteriza por dedicar grandes extensiones de terreno a un solo producto (
monocultivo)
Con escasos rendimientos. Puede darse tanto en zonas desarrolladas con un elevado grado de mecanización como con técnicas más atrasadas.La nueva PAC impulsa la extensificación, como forma de mejorar el cuidado del suelo.
AGROINDUSTRIA O INDUSTRIAS AGROALIMENTARIAS O AGROPECUARIAS:
Conjunto de actividades que transforman, conservan o manipulan materias primas agrarias, para producir bienes de consumo o intermedios para la alimentación humana o animal, o para ser utilizados en otros procesos industríales.Entre ellas destacan las de harinas, bodegas, conservas, azucareras etc. Son importantes las de conservas en la regíón de Murcia y en nuestra comunidad.
APARCERÍA:
Régimen de explotación agrícola basado en un contrato realizado entre el propietario de la tierra y el cultivador de la misma (aparcero). Se basa en el reparto de los beneficios de la cosecha proporcional a la magnitud de la cosecha recogida, por tanto variable según el año. Suele ser frecuente el reparto de dos terceras partes para el propietario y una para el cultivador. En los últimos años ha disminuido en España a favor del
arrendamiento, al incrementarse la solvencia económica de los agricultores.
ARRENDAMIENTO:
Régimen de explotación agrícola basado en un contrato entre un campesino (el arrendatario) y un propietario de la tierra por el que el primero se compromete a explotar ésta durante un determinado período de tiempo, teniendo que pagar al propietario una cantidad de dinero prefijada. En España, ha aumentado en los últimos tiempos en detrimento de la aparcería, al incrementarse la solvencia económica de los agricultores.
BARBECHO:
Sistema tradicional de cultivo que consiste en dejar en descanso un campo, normalmente un año, con el fin de que el suelo de cultivo recupere su fertilidad de forma natural. Durante el año de
barbecho, se rompe la costra superficial del suelo para que recoja mejor el agua de la lluvia, y se destruyen las malas hierbas, para que sirvan, como abono al suelo. Es habitual en la rotación de cultivos y en la agricultura de secano.
BOCAGE:
Es el paisaje agrario de campos cerrados o cercados de parcelas pequeñas e irregulares. Es típico de Europa Occidental en su fachada atlántica de clima oceánico. Se caracteriza por la presencia de setos vivos o paredes de piedra o estacas de madera con alambre espino que puede ser eléctrico. Es muy abundante en la zona Norte de Navarra para diferenciar las propiedades y evitar que el ganado vacuno paste en los prados del vecino.
CONCENTRACIÓN PARCELARIA:
Es una actuación política que pretende disminuir el
minifundio y la dispersión parcelaria reorganizando el parcelario de los términos municipales, de modo que cada propietario reciba una sola
parcela o unas pocas, equivalentes en clase de tierra y tipos de cultivo a las que tenía antes, y darles acceso a las vías de comunicación. Se inició en 1952 y se transfirió a las Comunidades Autónomas en 1985.
CULTIVOS INDUSTRIALES:
Especies vegetales que requieren una transformación industrial previa a su consumo o son materias primas para la industria. Por ejemplo, el girasol, la remolacha azucarera, el algodón, el lino, el esparto o el tabaco.
EXPLOTACIÓN AGRÍCOLA:
Unidad técnico-económica o conjunto de parcelas gestionadas por un mismo titular o explotador agrario, que puede ser o no el propietario de la tierra.
LATIFUNDIO:
Es la gran propiedad (mayores de 100 has) que en la agricultura tradicional de secano todavía persiste en Andalucía, en Extremadura, parte de Castilla y León y Aragón, con bajos rendimientos y escasa inversión . En la actualidad ya hay muchos latifundios que se han transformado en modernas empresas agrarias con fuertes inversiones de capital para aumentar la rentabilidad.Son carácterísticas del
latifundio además del tamaño, el carácter extensivo de la producción, el empleo de obreros asalariados y la escasa capitalización así como el absentismo del propietario que delega la gestión de la empresa agraria en un capataz.
MINIFUNDIO:
Es la pequeña propiedad, inferior a 10 Ha y se caracteriza por la pequeñez de las parcelas (ej menores de 5 has) y su gran dispersión. Muchas veces su dedicación es el autoconsumo familiar. En España son muy frecuentes en el Norte de la península de clima oceánico o atlántico y en la Comunidad Valenciana. En unos casos se trata de minifundios tradicionales trabajados a tiempo parcial, que generan pocos ingresos. En otros son explotaciones modernas, hortofrutícolas o bajo plástico, trabajadas a tiempo completo y mucho más rentable.
MONOCULTIVO:
Sistema de cultivo basado en la producción de un solo cultivo o especie. Es escaso en la agricultura tradicional Este sistema presenta varios puntos débiles: grandes variaciones de cosecha como consecuencia de azares climáticos, agotamiento y, a veces, erosión de los suelos, sobre todo en el monocultivo extensivo mecanizado. Un ejemplo de ello lo encontramos e Jaén, donde el más del 60% del espacio cultivado se dedica al olivar.
PARCELA:
Es la extensión de tierra que está bajo una sola linde o limite y que pertenece a un propietario. Es la división más pequeña del terreno agrícola. Puede clasificarse atendiendo a diversos criterios: según sus limites (cerradas o abiertas), según su forma (regulares o irregulares) y en función de su tamaño (pequeñas, medianas o grandes). Al conjunto de parcelas trabajadas por un mismo productor se le denomina explotación.
AGUAS JURISDICCIONALES
Aguas marinas o fluviales que bañan el territorio de un estado, que están sometidas a su jurisdicción hasta un límite variable. En la UE es actualmente 200 millas, lo que ha supuesto la restricción de la pesca española en muchos de sus caladeros tradicionales. Supuso una modificación importante para España pues hasta 1974 los recursos del mar eran bienes libres. Debido a la pobreza de los caladeros españoles, a partir de 1982 la flota española se vio obligada a negociar acuerdos con otros países,(ej Marruecos ) reducir el volumen de pesca (anchoa, merluza) y crear empresas pesqueras conjuntas.