1.
Debido a un crecimiento urbano caótico tras la Rev. Industrial. Ante los procesos de metropolización también es necesario ordenar el suelo extraurbano. La idea de considerar un territorio más amplio con el objeto de abordar la planificación urbanística de la ciudad, se inicia en la década de los veinte del siglo XX. En Inglaterra.
2.Thomas Adams y Patrick Abercrombie. (Faltan 2) -Años veinte y treinta en Gran Bretaña, Alemania y EEUU (Chicago y New York) empieza a practicarse la planificación supramunicipal.
3. Cuatro asuntos van a marcar la práctica urbanística y de la OT : 1.El establecimiento de límites al crecimiento de las ciudades y su descentralización
2.La instrumentación del zoning 3.Consideración de la ciudad como un agregado de unidades de vecindad 4. La region como ambito de planificacion y alternativa a la metropolis..
4.El zoning es una práctica que permite diferenciar la ciudad teniendo en cuenta sus usos, actividades y funciones que tiene o debería tener el territorio. El objetivo de este procedimiento es regular los distintos usos y funciones de cada parte de la ciudad, evitando la especulación y racionalizando la expansión urbana.
5. Se desarrollan 4 enfoques a partir del segundo tercio del siglo XX en Europa:
*Enfoque de la Planificación Económica Regional*: La planificación Territorial va a concentrarse sobre todo en el desarrollo económico de la región y tiene como preocupación principal corregir las desigualdades que habían entre las regiones. El papel del gobierno central es importante ya que tiene el deber de asegurar la igualdad en las condiciones de vida de toda la población, independientemente de su localización. Además actúa por medio de inversiones, motivo por el que los Planificadores han de tener acceso a los fondos.
*Enfoque comprehensivo e integrado: se caracteriza por la planificación de planes en cascada. Intenta coordinar al máximo el sector público con el privado. A diferencia de la anterior preocupada por el desarrollo económico, este enfoque se interesa más porque exista coordinación territorial.
Fomenta las inversiones públicas para mejorar la comprensión del marco en el que se efectúa la planificación.
*La tradición de la dirección-administración de los usos del suelo: La planificación se asocia a la más reducida tarea de controlar el cambio de los usos del suelo. Enfoque muy asentado en la tradición de la planificación territorial británica.
*La tradición urbanística*: Característica de los países mediterráneos, que actúan a escala local (PGOU) a través de normativas de edificación.
6.Documento elaborado por la Comisión Europea y aprobado definitivamente en la reunión de ministros de Postdam (1999). Compromiso voluntario de los Estados Miembros para lograr el desarrollo sostenible de todas las regiones europeas a través de políticas con incidencia territorial. Marco político para mejorar la cooperación entre las distintas políticas comunitarias, y con las políticas territoriales nacionales, regionales y locales. No tiene carácter vinculante para los Estados Miembros: cada país aplicara la ETE en la medida que desee incorporar en su política nacional los objetivos europeos de Desarrollo Territorial.
7.Mediante la cooperación: ◦Horizontal: entre políticas sectoriales y organismos competentes. ◦Vertical: entre las políticas/instituciones comunitarias, y las políticas/instituciones transnacionales, nacionales, regionales y locales. La instrumentalización de esta política…◦NO es competencia de un organismo especializado ◦SINO responsabilidad de un gran número de autoridades encargadas del desarrollo territorial.
La ETE establece 3 niveles de cooperación territorial para aplicar las opciones políticas: ◦Nivel comunitario ◦Nivel transnacional y nacional ◦Nivel regional y local.
Ejemplos de posibilidades de combinar las opciones políticas de la ETE: ◦Promoción de la integración en redes de las regiones urbanas,◦Creación de los euro-corredores ◦Refuerzo de ciudades y regiones fronterizas ◦Conservación y desarrollo de la biodiversidad◦Desarrollo del patrimonio cultural europeo; Gestion integrada de las zonas costeras.
8. Con la constitución de 1978 y se relaciona con las leyes: –Ley 8/1990 de Reforma del Régimen Urbanístico y Valoraciones del Suelo;–Ley 6/1998 de Régimen del Suelo y Valoraciones:–Ley 8/2007 del Suelo (Real Decreto Legislativo 2/2008 que aprueba el texto refundido de la ley)
9. •Planificación Territorial Regional: directrices generales, planes regionales (para todo el ámbito autonómico)
•Planificación Territorial Subregional:
directrices parciales, planes insulares, subregionales o comarcales
•Planificación Sectorial:
directrices sectoriales, planes sectoriales (fuerte incidencia territorial de determinadas actividades sectoriales)
•Otros:
programas de actuación, proyectos, planes de ordenación de espacios y recursos naturales, evaluaciones de impacto, etc.
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La legislación vigente en planificación territorial en la Comunitat Valenciana es la 4/2004, con materias en P. Regional, P. Subregional y P. Sectorial.