Organización Territorial de Canarias
Las Instituciones Autonómicas
Las instituciones autonómicas con competencias en todo el territorio canario son el Parlamento, el Gobierno y el Presidente.
El Parlamento de Canarias
El Parlamento de Canarias es el órgano representativo del pueblo y está integrado por 60 diputados regionales elegidos por sufragio universal. Tiene como principales funciones:
- Elegir al Presidente del Gobierno entre todos sus miembros.
- Aprobar los presupuestos económicos anuales.
- Controlar políticamente la acción del Gobierno.
- Presentar proyectos de ley.
El Gobierno de Canarias
El Gobierno de Canarias surge del Parlamento y ostenta el poder ejecutivo y administrativo de la Comunidad Autónoma. Está integrado por el Presidente del Gobierno, el Vicepresidente y los Consejeros de las Consejerías existentes en cada legislatura y no puede tener más de 11 miembros. Actualmente hay diez Consejerías:
- Presidencia, Justicia y Seguridad
- Economía y Hacienda
- Obras Públicas y Transporte
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Educación, Universidades, Cultura y Deportes
- Bienestar Social, Juventud y Vivienda
- Sanidad
- Medioambiente y Ordenación Territorial
- Empleo, Industria y Comercio
- Turismo
El Presidente del Gobierno
El Presidente del Gobierno es elegido por el Parlamento y tiene las siguientes funciones:
- Designar los miembros del Gobierno.
- Presidir el Gobierno, es decir, dirigir y coordinar la actuación.
- Presidir la Comunidad Autónoma y representarla ante las instituciones del Estado.
El Tribunal Superior de Justicia
El Tribunal Superior de Justicia es el máximo órgano de la administración de justicia y su sede se encuentra en Las Palmas de Gran Canaria. Su presidente es nombrado por el rey.
Ubicación de las Instituciones
La ubicación de las instituciones también se encuentra compartida entre las dos capitales provinciales. El Parlamento (ente autonómico) tiene su sede permanente en Santa Cruz de Tenerife; la Delegación del Gobierno (ente del poder central) en Las Palmas de Gran Canaria y la Presidencia del Gobierno (ente autonómico) se alterna entre las ciudades capitales de Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria según los períodos legislativos, de forma que cuando el Presidente tenga su sede, por cuatro años, en Tenerife, el vicepresidente ha de tenerla en la otra capital. En la siguiente legislatura se hace al contrario.
Organización Provincial
La Comunidad Canaria está organizada en dos provincias. Éstas son entidades administrativas aparecidas en el año 1927 y, en la actualidad, carecen de órganos administrativos propios reconocidos en el Estatuto de Autonomía de Canarias.
La provincia oriental recibe el nombre de provincia de Las Palmas y está integrada por las islas de Lanzarote, Fuerteventura, Gran Canaria y el islote de La Graciosa, su capital es Las Palmas de Gran Canaria. La occidental es la provincia de Santa Cruz de Tenerife, que engloba a las cuatro islas restantes: El Hierro, La Palma, La Gomera y Tenerife; su capital se encuentra en la ciudad de Santa Cruz de Tenerife.
Las provincias son entidades administrativas propias del Estado centralista anterior a la Constitución, de forma que con el nuevo Estado de las Autonomías carecen de sentido. Ahora, las instituciones de la Comunidad Autónoma representan a todas las islas, de modo que el Estatuto de Autonomía de Canarias no recoge órgano provincial alguno. Las competencias, medios y recursos que antes correspondían a las Mancomunidades Provinciales Interinsulares se traspasaron a las instituciones de la Comunidad Autónoma. La tendencia se dirige a la creación de entes regionales, federaciones de islas y de municipios que superen la escala provincial.
El Cabildo Insular
El carácter de archipiélago condiciona la organización territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, de manera que la isla es la entidad que la articula. La isla es el marco de referencia y de actuación económica, social y política, y por ello toda la planificación se hace a escala insular. Cada una de las islas cuenta con un Cabildo.
Funciones del Cabildo
El Cabildo es el órgano de gobierno de la isla. Se crearon en los tiempos contemporáneos con la Ley de Cabildos el 11 de julio de 1912, en un intento fallido de subsanar el pleito insular entre las dos islas centrales de Tenerife y Gran Canaria, en su lucha por la capitalidad. Desde su creación han jugado un papel importante en el desarrollo y organización del espacio insular.
Posteriormente, la Constitución Española de 1978 recoge la existencia de los Cabildos como órganos de administración insular y el Estatuto de Autonomía de Canarias de 1982 los reconoce como la forma de Administración de la isla y le adjudica funciones específicas. Los Cabildos tienen competencias en áreas muy diversas como Hacienda, Aguas, Agricultura, Ganadería, Pesca, Cultura, Educación, Empleo, Juventud, Carreteras, Vivienda, Transportes, Medio Ambiente, Industria, Comercio, Acción Social, Sanidad, Deportes, Turismo…, de la isla a la cual representan.
En la Reforma de Estatuto de 1996 se les reconoce, además, como instituciones de la Comunidad Autónoma, con lo cual aumentan sus competencias.
Los Cabildos, por tanto, son, simultáneamente, órganos de gobierno, administración y representación de cada isla e instituciones de la Comunidad Autónoma. Las islas gozan de autonomía plena para el ejercicio de sus propios intereses. Al frente de los Cabildos se encuentra su Presidente, que es el máximo representante de la isla; el resto de los miembros del gobierno insular son el Vicepresidente y los Consejeros. Éstos se eligen por sufragio universal en unas elecciones específicas para esta institución.