Vivienda plurifamiliar concepto

EDIFICACIÓN


Es toda construcción que constituyeun recinto estructuralmente independiente, contiguo o separado destinado o utilizado para fines de habitación, comercio, industria, o actividades de cualquier índole pudiendo tener simultáneamente uno o mas usos.

De acuerdo a esta definición una edificación es siempre una construcción, independientemente de los materiales utilizados en esta, mientras haya sido planificada y levantada para perdurar en el tiempo. Además toda edificación constituye un recinto, es decir establece un área interior que se encuentra aislada o separada del medio externo u otras edificaciones por muros y una techumbre entre otros elementos.

Toda edificación a su vez debe ser estructuralmente independiente a saber que su estructura se mantenga en pie por si misma por lo tanto forman parte de la edificación todas aquellas construcciones que en su conjunto le den fortaleza

La independencia puede ser constatada en orden jerárquico por ejemplo por la presencia de:


Diferencias significativas en su diseño arquitectónico

Diferencias en la altura de sus techos

Presencia de muros cortafuegos divisorios


Casos especiales:


es el dado por una edificación que tiene un mismo diseño arquitectónico, pero que tiene una diferencia en la altura del techo, se considerará como una sola edificación, entendido que estos criterios  suponen un orden jerárquico para la identificación de edificaciones.

Lo mismo sucede por ejemplo en el caso de las casas pareadas con ampliaciones donde pudiera existir un cortafuego, pero la base de la edificación que contiene el mismo diseño arquitectónico original define que se identifique una sola edificación, sin importar la existencia del tercer criterio de identificación ( presencia de cortafuegos) es necesario destacar la identificación del entorno por parte del enumerador ya que podrá conocer los barrios donde existan casas pareadas y la identificación de edificaciones será mas sencilla.

Finalmente las edificaciones pueden tener usos muy variados por ejemplo un silo de granos corresponde a una edificación ( cumple con todos los requisitos para serlo) lo mismo que un centro comercial, un bloc de departamentos, un faro etc, no obstante las edificaciones mas importantes de reconocer y registrar durante el proceso censal son las de destino habitacional, de alojamiento o residencia.

Vivienda:


– Toda edificación, o parte de ella – destinada para el alojamiento permanente o temporal de personas; – así también como cualquier clase de albergue, fijo o móvil, ocupado como lugar de residencia habitual, sin importar estructura o materiales. – Las viviendas pueden ser particulares o colectivas.

Son viviendas


Casas edificios, bloques de departamentos, domos, iglús hoteles hospitales cárceles carpas casas rodantes refugios improvisados, inclusive construidos con desechos.

Vivienda Colectiva


Este grupo incluye todo conjunto de locales situados en uno o varios edificios permanentes, destinados a alojar grupos de personas sin vínculos de parentesco y que hacen vida en común, por razones de salud, vida religiosa, disciplina, trabajo, etc. Si la vivienda tiene seis pensionistas o más es considerada como residencial o pensión. Las colonias, campamentos, comunidades u otras agrupaciones de veraneo, vacaciones, descanso o recreación que estén conformadas por casas, cabinas o cabañas independientes, ubicadas en un mismo recinto y que no son de propiedad individual, se consideran como una sola vivienda colectiva.

Vivienda Particular


Es toda vivienda usada como morada o domicilio por una persona que vive sola o por un grupo de personas que constituyen uno o más hogares particulares. La vivienda particular, para ser considerada como tal, debe disponer obligatoriamente de acceso independiente y separado, es decir: independiente, en el sentido de que las personas para llegar a su vivienda no tienen que pasar por piezas de otras viviendas, aunque pueden tener acceso directo desde la calle pasando por patios, corredores o pasillos, escaleras, etc, de uso común. Separado, en el sentido de que la vivienda está rodeada de paredes, muros o tapias, etc., que la separan de otras viviendas. En casos excepcionales, se debe considerar como vivienda particular, cualquier tipo de construcción provisoria tales como barcazas, cuevas, carpas, vagones, etc.

Vivienda de temporada:


Viviendas particulares destinadas al uso solo en determinadas épocas del año, con fines de recreación veraneo descanzo vacaciones de invierno etc. O para fines de trabajo temporada de cosecha etc. Las personas que utilizan la vivienda de temporada necesariamente  tendrán su residencia habitual en otra vivienda.

Vivienda convencional:


Son todas las viviendas particulares que se ubican en una o mas edificaciones para residencia habitual.

Vivienda no convencional:


son las viviendas particulares que se encuentran en edificaciones  que no están principalmente destinadas para la residencia o que no se ubican en una edificación propiamente tal, constituyéndose como albergues, fijos o móviles ocupados como lugar de residencia.

Vivienda móviles:


cualquier tipo de alojamiento construido para ser transportado que constituye una unidad móvil que se utilizacomo vivienda al momento del censo, bote, buque vagón, de ferrocarril, casa rodante, remolque o yate esta dentro de las viviendas no convencionales.

 

Viviendas informales:


carecen de :  alcantarillado, agua potable, luz eléctrica, etc. Armadas con materiales de desecho ej campamento albergue etc.

Vivienda no destinada a la habitación humana:


bodegas establos, graneros, fabricas, garajes, almecenes, gimnasios, oficinas, casetas.

Otras viviendas informales:


no están destinados a la habitación humana ni situaos en edificios permanentes, no tiene construcción pero se usan como viviendas al momento del censo. Ej: cuevas árboles, y otros refugios naturales.

Caso especial contenedor:


depende si esta habitado para la habitación humana y su tiene puertas ventanas y servicios básicos. Se considera como vivienda convencional pero si no esta adaptado es vivienda no convencional.

 

Hogar:


 corresponde a una o mas personas que unidas o no por vínculo de parentesco residen en una misma vivienda o parte de ella y se benefician de un mismo presupuesto principalmente para alimentación.

Residencia habitual:


Se entiende como el lugar en que la persona al momento del precenso ha vivido a lo  menos seis meses y tiene la intención de permanecer ahí por otros seis meses mas.

El lugar de la residencia habitual puede coincidir o no con el lugar donde se encontraba presente la persona empadronada en el momento del precenso o con su domicilio legal.

SON miembros del hogar (criterios):


– Quienes tienen su residencia habitual en el hogar (ver concepto Residencia Habitual) – Quienes están temporalmente en el hogar, sin tener residencia habitual en otra parte. – Quienes cumplen y/o desempeñan actividades remuneradas de servicio doméstico, pero sólo si éstas se realizan puertas adentro. Se considera servicio doméstico si la persona tiene como residencia habitual (de acuerdo a los criterios ya examinados) la vivienda que se está encuestando. – Quienes residen habitualmente en el hogar, pero se encuentran ausentes por las siguientes razones: • trabajo o negocios; • vacaciones; • enfermedad que requirió hospitalización; • otras razones: siempre y cuando la ausencia sea inferior a dos meses y que, además, la persona tenga como residencia habitual solamente la vivienda que se está encuestando. En caso que esta ausencia supere los dos meses, pasará a ser considerado como miembro de otro hogar.

Los extranjeros que trabajan o estudian en el país, si residen habitualmente en la vivienda, o tienen la intención de residir en ella por al menos dos meses o más. – Quienes permanecen fuera del hogar la mayor parte de la semana por motivos de trabajo, pero regresar habitualmente y no tienen residencia en otra parte (se subentiende que eran personas de paso en otra vivienda o miembros de un hogar colectivo, como un hotel). En esta condición, se puede mencionar el caso de chóferes de buses interprovinciales, conductores de camiones, vendedores viajeros, etc. – Las personas que por razones de trabajo (turnos), deben residir en campamentos o viviendas colectivas y que periódicamente vuelven por algunos días a la vivienda que corresponde al hogar particular de donde salíó a trabajar, siempre que los períodos de ausencia no superen los dos meses. – Las personas que se encuentran realizando el Servicio Militar y que no alojan habitualmente en sus cuarteles (por ejemplo, están durante el día en el recinto militar, y por la noche vuelven a su vivienda habitual). En caso contrario, esa persona se considera como miembro de una vivienda colectiva. – Los estudiantes internos y los estudiantes que residen en un lugar diferente al de la vivienda familiar, pero sólo durante el período de vacaciones de verano. Aplicaciones de

NO SON miembros del hogar (criterios):
– Las personas que están temporalmente en la vivienda consultada y tienen residencia habitual en otra parte, siempre y cuando, la permanencia (y la intención de permanecer) sea inferior a dos meses en la vivienda en que se está efectuando la entrevista. – Los estudiantes internos y los estudiantes que residen en un lugar diferente al de la vivienda familiar, que se encuentran de vacaciones de invierno, con permiso o licencia médica. – Los miembros de las fuerzas armadas que se encuentran devacaciones o con licencia, que residen habitualmente en sus cuarteles. – Las personas que trabajan en el servicio domestico puertas afuera. – Las personas que se encuentran temporalmente en el hogar y, que por motivos de trabajo, tienen otra residencia habitual y regresan a la residencia familiar tras dos meses o más de ausencia. Ejemplo de lo anterior, y cumpliendo las condiciones expuestas, lo pueden llegar a constituir casos tales como arrieros, mineros pirquineros o trabajadores que viven en campamentos o lugares similares (aserraderos, campamentos mineros). 1 vivienda con 2 hogares Matrimonio con 2 hijos solteros Hijo del matrimonio, que vive con su cónyuge Los 6 comparten gasto en alimentación 2 viviendas, cada una con 1 hogar Pareja sin hijos Padres de uno de los integrantes de la pareja Presupuestos de alimentación aparte Aplicaciones de la definí

 

Jefe de hogar:


Toda persona mayor a 15 años que sea reconocido como tal por los demás integrantes del hogar. No imperan criterios económicos  o de edad salvo ser mayor 15 años.

Ocupación de la vivienda:


Vivienda ocupada con moradores presentes , habitada por una o mas personas al momento de la enumeración.

Vivienda ocupada con moradores ausentes , Se presenta cuando la vivienda se encuentra habitada por una o más personas pero no se encuentran al momento de la enumeración.

Vivienda desocupada :
Vivienda que si bien su destino es ser utilziada se encuentra deshabitada al momento de la enumeración, viviendas en venta, en arriendo, etc. No confundir con viviendas con moradores ausentes. Entonces se debe consultar a los vecinos, y buscar indicios de que la vivienda este habitada ver ventanas jardines, mobiliario en el exterior de la vivienda si no se dan indicios de ocupación se registra como vivienda desocupada.

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